jueves, 25 de junio de 2015

quema

Con el ruego de que lo lean -a pesar de su extensión-, pero vale la pena, ¡ya lo verán!
Quema tabaibera de escobones...
“... nos tratan como a ovejas de matanza... nuestra desgracia y opresión...”  (del salmo 43).
“... mi abatimiento... mi causa... la justicia está lejos... me persiguen...... sentía asco...” (del salmo 118).
“... ¡cuánta guerra me han hecho!... en mis espaldas metieron el arado...”  (del salmo 128).
“... como a un rival... asesina... sospecha... inspecciona... busca... asedia con su ejército los montes y peñascos... agobiándolo... atemorizándolo con amenazas...” (del tratado del beato Elredo, abab...).
... y de otras basuras. Real -como la misma vida (que no de regio)-, que a duras penas y largo tiempo en ello, consigues permiso para limpiar de maleza la tierra que compraste, y henos ahí con el material de desecho seco, molestando por terraplenes y orillas e interior del terreno, y vas y pides permiso para quemar toda esa basura -ya seca desde hace cosa de un año-,
y aquí la esperada respuesta del cabildo desde su servicio de miedo ambiente, con números 1.2.1.1., con dirección completa del suplicante al que se le asigna tres letras mayúsculas y separadas de un guión otras tres minúsculas (ejemplo: RSQ/rcñ, que es un decir), y ahora en virtud (no teologal), sino de resolución del miedo ambiente, según acuerdo de 30/06/2011 (¡a saber!), y según su número 700 y pico, viene ahora la disposición: Que según (les abrevio muchísimo todo) la ley de régimen local (es decir: de aquí), y añadiendo las distintas disposiciones xx e yy, en su art. (abreviatura de “artículo”, en delante) 127-1º, letra e, que: modificada la ley 57/2003 que modernizaba el gobierno loco (de localidad), y según las competencias del organismo (entiéndase el miedo ambiente), de fecha 30 de junio del 2011 (ahora ya pronto cumple cuatro años), y después de ver el decreto 111/2002, que fue fechado el 9 de agosto (dos días después nació un servidor, en el año 1947), cuando se traspasó del gobierno de aquí al cabildo del mismo sitio, las competencias sobre cosas de forestas, protección de basuras por parte del miedo ambiente que gestiona y conserva todo en los espacios naturales, y ahora ya, con los antecedentes ya en relación a lo suplicado o solicitado (que es lo mismo), y repiten la fecha del hecho, el número de registro de entrada (para que no se pierda) y presentado por Don N... y sus dos apellidos correspondientes a su padre y madre respectivamente), donde sin necesidad ponen su dni (NIF), con letra y todo, más el teléfono fijo (no tiene móvil) para contactos si los hubiera, y brevemente sintetizan la solicitud solicitada para quemar la maleza extirpada del terreno -donde no le dejan arar, plantar, ni sembrar-con los restos de escobones y otras basuras análogas (quiero decir de lo mismo), y dan con precisión -sin que haga falta la localización del terreno (que no finca, como dicen los de la consejería -¡es que no se enteran!-),  Y ahora ya, después de ver  el informe -largamente esperado- de los así llamados por ellos mismos, “policía” agencial del miedo ambiente de la zona, con su número (que me lo reservo), y siendo conforme -¡al fin!- el miedo ambiente, pasa a los fundamentos de derecho (¡agárrense, porque vienen curvas!): que considerando lo estipulado legalmente (cual si uno fuera abogado; y se es, un simple agricultor del campo, sin más estudios que los básicos, ¡y no completos!): la ley de montes y modificaciones 43/2003 con fecha 21 de noviembre del mismo año; un decreto sobre el reglamento de montes (sin venir a cuento), el núm. 485/1962, fechado el 22 de febrero; más otro decreto más, el que tiene por núm. el 146/del 2001 y que fue fechado el 9 de julio del mismo año citado y que salió del miedo ambiente y de la política de la tierra para prevenir y extinguir los posibles incendios (¡que Dios, nuestro Señor nos libre y guarde!), y todo ello según consta en el BOC con el núm. 087 con fecha de 16/97/2001. Se añaden más decretos (en plural): el real de 1997/1995, de un día antes de la Inmaculada Concepción de la Virgen María, es decir un 7 de diciembre (sin poner el año) donde se especifica la conservación  de los hábitats (ejemplo: tabaibas, entre otras malezas o basuras) tanto de flora como de fauna garantizando así la biodiversidad (por lo que no te permiten hacer nada, ni tener ganados -¡ni se te corra!-). Otro decreto legal, el 1/2000, del 8 del mes de María (mayo, para los que no lo saben), donde hay aprobación de textos refundidos de otras leyes que ordena los terrenos (que si paisajístico, si de máxima protección, que si natural, etc.), salido en el BOC, con su número correspondiente y es el 60, del 15 de mayo (día de san Isidro Labrador -¡qué oportuno!, ¿no?-), del año 2000 (redondo). Sacan a cuento el convenio de Berna (¡a saber!), que con fecha 19 de septiembre del año -entonces en curso- de 1979 y que trata de la vida silvestre (campestre), y que versó sobre la conservación de la vida en el campo (menos la de campesinos ya fueran agricultores o ganaderos), solo de plantas y bichos. Por si no era suficiente, otra ley, la 42 del 2007 del día de santa Lucía (el 13 de diciembre -para que lo veamos claro- que habla de patrimonio de la naturaleza y su biodiversidad, y ello en el BOE 299 del 14, del 12, del año 2007. Todavía otra ley más, y es la 4/2010 del también 4 de junio, donde -sin venir a cuento, ¡como todo lo anterior!- se especifica el catálogo de las especies protegidas (entre ellas las tabaibas, como ya es súper sabido y repetidísimo [¡y lo que te rondaré morena!]), y ello en el BOC 112 del 9/06/2010. Al fin la cosa se acerca, viene el tan deseado y esperado RESUELVO: donde se autoriza al -repetido- ya nombrado solicitante con nombre, apellidos y nif, que sí, que puede quemar -aunque le citan lo no solicitado (malezas, hierbas, rastrojos, etc.)- y aparecen misteriosamente, una serie de coordenadas utm: que con letras y números, pongamos que son así (inventadas por un servidor): y556218  la z4108772- y 556236- z556161 z4108768, pero todo esto teniendo en cuenta estas condiciones, que se enumeran en siete (7) antes de la quema tiene que avisar 24 horas de antelación al centro de comunicaciones , y ponen el teléfono -pongamos que es el- 139-46-45-54, en el km. ¡no importa el número!: otro requisito es: además ha de solicitar otras autorizaciones (sin especificar, ¡amigo, ahí vendrá la multa!); y también el siguiente requisito: nada se pueda quemar, como alguna botella de plástico, ningún envase de nada, rafias (que humildemente, no sé lo que es, pues lo citado se envía al basurero municipal y solo se quema residuos agrícolas o forestales (así dicho finamente), y todo esto amparados en la resolución 19/01/98 del miedo ambiente y la política de la tierra. Y, sin que venga a cuento, aparecen los ocho (8) puntos limpios que hay en la isla que les ahorro, porque esto va de largo -¡que se pasa!-, Si la temperatura (el pobre y desgraciado solicitante ha de tener un termómetro) se pasa de 27º C, debe apagar el fuego de inmediato; también si el viento fuera superior a 25 km/h (y ¡a ver cómo se mide a Eolo [el dios del viento, ¡cultura, hombre, además de leyes y decretos!]), y ello si el humo va a casa alguna, alcanza alguna carretera, si el día es muy seco (ejemplos en julio y agosto, esto lo dice un servidor, precisando), o si hay monte cerca, y cuando todo esto cese, se prosiga con la operación de quemar los pobres palos secos de escobones y otras basuras con ellos, que molestan y afean el terreno una barbaridad. Viene ahora una seria advertencia: se ha de quemar, solo después de preparar el terreno donde quemar, que será así: zona de seguridad libre de todo lo que pueda arder, que se haga en terreno llano (no inclinado o terraplén), y lo que se va a quemar tiene que quedar dentro de una zanja, para que no rueden las cenizas o palos que se queman y sus ramas (¡toma operación ígnea [o de fuego]!); pero no todo entongado (cual hogueras de san Juan en otros tiempos, donde nunca hubieron incendios por ellas, a pesar del mes, al igual que las de san Antonio y san Pedro), sino en pequeños montoncitos, no más de 0,5 metros cúbicos de volumen (¡y a ver cómo se mide eso, y de ahí la multa pertinente por no ajustarse a la medida!), téngase agua a mano y presión junto a los montoncitos que ardan, evitando grandes humos (porque vendrían los helicópteros y bomberos y te sale la broma de ruina total,¡ por quemar unos escobones secos de nada!), vigilancia total y constante y apagar para controlar los montoncitos pertinentes, pero todo ello con las siguientes medidas a tener en cuenta: reducir el material apilado (y sigue, pero les ahorro, por simpleza e infantilismo); también, que hayan como mínimo en la operación de la susodicha quema , dos personas, pero que estén en buenas condiciones físicas (no vale sea el suegro o algún vejete entrado en años), y por supuesto, antes hay que pasarse por la ferretería para aprovisionarse del material pertinente: sachos, rastrillos, palas -nótese que todo va en plural- y, mangueras suficientes, por si se quemara, que sustituya y se pueda llegar con ella hasta el estanque más cercano (que puede estar a kilómetros equis de distancia, ¡pues es lo que hay, y si no, multas al canto, porque te están vigilando y van a caer como moscas sobre la pobre y miserable víctima atrapada y cogida con las manos en la masa o fuego). Y viene ahora las recomendaciones especiales, y ello teniendo en cuanta el artículo 9º del decreto -ya citado- 146/2001 en el que se ordena: preparar el lugar del queme con un cortafuego, de al menos TRES (3) metros, rodeando la zona donde presuntamente se va a quemar; no iniciar la quema antes de la salida del sol, y acabarla antes de dos horas de irse el sol, que la quema se haga ante la mirada atenta de un policía  (antes se llamaban a esa “policía” agente), del miedo ambiente (les ahorro texto), y aunque se haya acabado el queme, no se abandone el lugar mientras hayan cenizas calientes (es decir, pasar la noche junto al lugar de la pretendida y fallida quema [que les comentaré más adelante]), y pudieran aparecer según criterios del agente policial o del organismo, que puede incorporar cuanta lindeza u ocurrencia tenga al respecto, teniendo por subnormal o tonto, al que ha pedido permiso, y cual si fuera un potencial pirómano que pretenda arda la isla toda, pues, ¡no te digo! Otro número más: el que trata de la presente resolución, que tiene duración o extensión en el tiempo para cinco años (¡ignorantes, para esa fecha la leña ha desaparecido por sí sola al pudrirse, por la erosión, el sol, la lluvia, etc., que acaban con ella!), y si cambiara algo, será necesario nuevo permiso invalidando el presente, y por supuesto durante la época de posibles incendios -más de medio año- no se podrá poner en práctica nada de lo dicho, con lo que se sobreentiende se suspende la autorización (lo del tiempo de máxima alerta lo define el miedo ambiente, y no el ignorante hombre del campo, aunque nació, se crió y de niño y joven quemó cuanto quiso, sin que incendio alguno se produjera en el tiempo y a la redonda por ningún agricultor, pues viven de la tierra y no la iban a quemar tontamente (como se le trata y entiende). Y de esto autorizado, el interesado debe dar noticias del hecho al CECOPÍN (les juro: no tengo ni idea y no sé qué es eso del cecopín), y también al jefe de la comarca (¿y ese quién es?), y al ajunta y miento, con condiciones que les ahorro también). Y ya por último, se le advierte al interesado (¡pobre diablo del campo, que ha tenido tal ocurrencia de pedir permiso para hacer lo que siempre se hizo sin más!), será el responsable de cuantos daños ocasione su pretendida quema, y ello según vea la policía del miedo, y tenga siempre en el bolsillo la autorización de la que tomará referencia el policía citado para la multa pertinente al saltarse alguna coma de cuanta ley y normativa queda más arriba (y conste no la puse toda, por reducir o abreviar). Y, ahora, lo mejor de todo: no es segura esta autorización, toda vez el cabildo se reserva la potestad de negarlo en cuanto se le antoje en función de lo que quiera. Y para terminar lo que viene en sobre por correo certificado, se añade el tema del recurso, que como no viene a cuanto, me lo salto, y ello, porque ante tanto embrollo, y teniendo el miedo en el cuerpo al miedo ambiente que amenaza sigilosa y astutamente, mi buen campesino ha optado no iniciar por ahora, y nunca dicha quema. ¡Que se la coma el diablo!, y aunque le estorbe y moleste, se aguanta y decide: ¡ni tocarla! Y si ardiera, sería cosa de algún rayo que la prendiera, pero no él, que me ha dicho: “¡las manos se me partan si lo hago! ¡Ya desaparecerá con el tiempo!”
El Padre Báez.
NOTA.- Les pido disculpas por lo extenso, pero no hay forma de abreviarlo o resumirlo (o no he sido capaz, que dicho sea de paso, he resumido una barbaridad, y hasta he quitado un montón de cosas).
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15. Espero que esta Carta encíclica, que se agrega al Magisterio social de la Iglesia, nos ayude a reconocer la grandeza, la urgencia y la hermosura del desafío que se nos presenta. En primer lugar, haré un breve recorrido por distintos aspectos de la actual crisis ecológica, con el fin de asumir los mejores frutos de la investigación científica actualmente disponible, dejarnos interpelar por ella en profundidad y dar una base concreta al itinerario ético y espiritual como se indica a continuación. A partir de esa mirada, retomaré algunas razones que se desprenden de la tradición judío-cristiana, a fin de procurar una mayor coherencia en nuestro compromiso con el ambiente. Luego intentaré llegar a las raíces de la actual situación, de manera que no miremos sólo los síntomas sino también las causas más profundas. Así podremos proponer una ecología que, entre sus distintas dimensiones, incorpore el lugar peculiar del ser humano en este mundo y sus relaciones con la realidad que lo rodea. A la luz de esa reflexión quisiera avanzar en algunas líneas amplias de diálogo y de acción que involucren tanto a cada uno de nosotros como a la política internacional. Finalmente, puesto que estoy convencido de que todo cambio necesita motivaciones y un camino educativo, propondré algunas líneas de maduración humana inspiradas en el tesoro de la experiencia espiritual cristiana.
16. Si bien cada capítulo posee su temática propia y una metodología específica, a su vez retoma desde una nueva óptica cuestiones importantes abordadas en los capítulos anteriores. Esto ocurre especialmente con algunos ejes que atraviesan toda la encíclica. Por ejemplo: la íntima relación entre los pobres y la fragilidad del planeta, la convicción de que en el mundo todo está conectado, la crítica al nuevo paradigma y a las formas de poder que derivan de la tecnología, la invitación a buscar otros modos de entender la economía y el progreso, el valor propio de cada criatura, el sentido humano de la ecología, la necesidad de debates sinceros y honestos, la grave responsabilidad de la política internacional y local, la cultura del descarte y la propuesta de un nuevo estilo de vida. Estos temas no se cierran ni abandonan, sino que son constantemente replanteados y enriquecidos. (de la encíclica de Francisco: Laudato si).

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