Con el ruego de que lo lean
-a pesar de su extensión-, pero vale la pena, ¡ya lo
verán!
Quema tabaibera de
escobones...
“... nos tratan como a ovejas
de matanza... nuestra desgracia y opresión...”
(del salmo 43).
“... mi abatimiento... mi
causa... la justicia está lejos... me persiguen...... sentía asco...” (del salmo
118).
“... ¡cuánta guerra me han
hecho!... en mis espaldas metieron el arado...”
(del salmo 128).
“... como a un rival...
asesina... sospecha... inspecciona... busca... asedia con su ejército los montes
y peñascos... agobiándolo... atemorizándolo con amenazas...” (del tratado del
beato Elredo, abab...).
... y de otras basuras. Real -como la misma vida (que no
de regio)-, que a duras penas y largo tiempo en ello, consigues permiso para
limpiar de maleza la tierra que compraste, y henos ahí con el material de
desecho seco, molestando por terraplenes y orillas e interior del terreno, y vas
y pides permiso para quemar toda esa basura -ya seca desde hace cosa de un año-,
y aquí la esperada respuesta del cabildo desde su servicio de miedo ambiente,
con números 1.2.1.1., con dirección completa del suplicante al que se le asigna
tres letras mayúsculas y separadas de un guión otras tres minúsculas (ejemplo:
RSQ/rcñ, que es un decir), y ahora en
virtud (no teologal), sino de resolución del miedo ambiente, según acuerdo de
30/06/2011 (¡a saber!), y según su número 700 y pico, viene ahora la
disposición: Que según (les abrevio muchísimo todo) la ley de régimen local (es
decir: de aquí), y añadiendo las distintas disposiciones xx e yy, en su art.
(abreviatura de “artículo”, en delante) 127-1º, letra e, que: modificada la ley
57/2003 que modernizaba el gobierno loco (de localidad), y según las
competencias del organismo (entiéndase el miedo ambiente), de fecha 30 de junio
del 2011 (ahora ya pronto cumple cuatro años), y después de ver el decreto
111/2002, que fue fechado el 9 de agosto (dos días después nació un servidor, en
el año 1947), cuando se traspasó del gobierno de aquí al cabildo del mismo
sitio, las competencias sobre cosas de forestas, protección de basuras por parte
del miedo ambiente que gestiona y conserva todo en los espacios naturales, y
ahora ya, con los antecedentes ya en relación a lo suplicado o solicitado (que
es lo mismo), y repiten la fecha del hecho, el número de registro de entrada
(para que no se pierda) y presentado por Don N... y sus dos apellidos
correspondientes a su padre y madre respectivamente), donde sin necesidad ponen
su dni (NIF), con letra y todo, más el teléfono fijo (no tiene móvil) para
contactos si los hubiera, y brevemente sintetizan la solicitud solicitada para
quemar la maleza extirpada del terreno -donde no le dejan arar, plantar, ni
sembrar-con los restos de escobones y otras basuras análogas (quiero decir de lo
mismo), y dan con precisión -sin que haga falta la localización del terreno (que
no finca, como dicen los de la consejería -¡es que no se enteran!-), Y ahora ya, después de ver el informe -largamente esperado- de los así
llamados por ellos mismos, “policía” agencial del miedo ambiente de la zona, con
su número (que me lo reservo), y siendo conforme -¡al fin!- el miedo ambiente,
pasa a los fundamentos de derecho (¡agárrense, porque vienen curvas!): que
considerando lo estipulado legalmente (cual si uno fuera abogado; y se es, un
simple agricultor del campo, sin más estudios que los básicos, ¡y no
completos!): la ley de montes y modificaciones 43/2003 con fecha 21 de noviembre
del mismo año; un decreto sobre el reglamento de montes (sin venir a cuento), el
núm. 485/1962, fechado el 22 de febrero; más otro decreto más, el que tiene por
núm. el 146/del 2001 y que fue fechado el 9 de julio del mismo año citado y que
salió del miedo ambiente y de la política de la tierra para prevenir y extinguir
los posibles incendios (¡que Dios, nuestro Señor nos libre y guarde!), y todo
ello según consta en el BOC con el núm. 087 con fecha de 16/97/2001. Se añaden
más decretos (en plural): el real de 1997/1995, de un día antes de la Inmaculada
Concepción de la Virgen María, es decir un 7 de diciembre (sin poner el año)
donde se especifica la conservación de
los hábitats (ejemplo: tabaibas, entre otras malezas o basuras) tanto de flora
como de fauna garantizando así la biodiversidad (por lo que no te permiten hacer
nada, ni tener ganados -¡ni se te corra!-). Otro decreto legal, el 1/2000, del 8
del mes de María (mayo, para los que no lo saben), donde hay aprobación de
textos refundidos de otras leyes que ordena los terrenos (que si paisajístico,
si de máxima protección, que si natural, etc.), salido en el BOC, con su número
correspondiente y es el 60, del 15 de mayo (día de san Isidro Labrador -¡qué
oportuno!, ¿no?-), del año 2000 (redondo). Sacan a cuento el convenio de Berna
(¡a saber!), que con fecha 19 de septiembre del año -entonces en curso- de 1979
y que trata de la vida silvestre (campestre), y que versó sobre la conservación
de la vida en el campo (menos la de campesinos ya fueran agricultores o
ganaderos), solo de plantas y bichos. Por si no era suficiente, otra ley, la 42
del 2007 del día de santa Lucía (el 13 de diciembre -para que lo veamos claro-
que habla de patrimonio de la naturaleza y su biodiversidad, y ello en el BOE
299 del 14, del 12, del año 2007. Todavía otra ley más, y es la 4/2010 del
también 4 de junio, donde -sin venir a cuento, ¡como todo lo anterior!- se
especifica el catálogo de las especies protegidas (entre ellas las tabaibas,
como ya es súper sabido y repetidísimo [¡y lo que te rondaré morena!]), y ello
en el BOC 112 del 9/06/2010. Al fin la cosa se acerca, viene el tan deseado y
esperado RESUELVO: donde se autoriza al -repetido- ya nombrado solicitante con
nombre, apellidos y nif, que sí, que puede quemar -aunque le citan lo no
solicitado (malezas, hierbas, rastrojos, etc.)- y aparecen misteriosamente, una
serie de coordenadas utm: que con letras y números, pongamos que son así
(inventadas por un servidor): y556218 la
z4108772- y 556236- z556161 z4108768, pero todo esto teniendo en cuenta estas
condiciones, que se enumeran en siete (7) antes de la quema tiene que avisar 24
horas de antelación al centro de comunicaciones , y ponen el teléfono -pongamos
que es el- 139-46-45-54, en el km. ¡no importa el número!: otro requisito es:
además ha de solicitar otras autorizaciones (sin especificar, ¡amigo, ahí vendrá
la multa!); y también el siguiente requisito: nada se pueda quemar, como alguna
botella de plástico, ningún envase de nada, rafias (que humildemente, no sé lo
que es, pues lo citado se envía al basurero municipal y solo se quema residuos
agrícolas o forestales (así dicho finamente), y todo esto amparados en la
resolución 19/01/98 del miedo ambiente y la política de la tierra. Y, sin que
venga a cuento, aparecen los ocho (8) puntos limpios que hay en la isla que les
ahorro, porque esto va de largo -¡que se pasa!-, Si la temperatura (el pobre y
desgraciado solicitante ha de tener un termómetro) se pasa de 27º C, debe apagar
el fuego de inmediato; también si el viento fuera superior a 25 km/h (y ¡a ver
cómo se mide a Eolo [el dios del viento, ¡cultura, hombre, además de leyes y
decretos!]), y ello si el humo va a casa alguna, alcanza alguna carretera, si el
día es muy seco (ejemplos en julio y agosto, esto lo dice un servidor,
precisando), o si hay monte cerca, y cuando todo esto cese, se prosiga con la
operación de quemar los pobres palos secos de escobones y otras basuras con
ellos, que molestan y afean el terreno una barbaridad. Viene ahora una seria
advertencia: se ha de quemar, solo después de preparar el terreno donde quemar,
que será así: zona de seguridad libre de todo lo que pueda arder, que se haga en
terreno llano (no inclinado o terraplén), y lo que se va a quemar tiene que
quedar dentro de una zanja, para que no rueden las cenizas o palos que se queman
y sus ramas (¡toma operación ígnea [o de fuego]!); pero no todo entongado (cual
hogueras de san Juan en otros tiempos, donde nunca hubieron incendios por ellas,
a pesar del mes, al igual que las de san Antonio y san Pedro), sino en pequeños
montoncitos, no más de 0,5 metros cúbicos de volumen (¡y a ver cómo se mide eso,
y de ahí la multa pertinente por no ajustarse a la medida!), téngase agua a mano
y presión junto a los montoncitos que ardan, evitando grandes humos (porque
vendrían los helicópteros y bomberos y te sale la broma de ruina total,¡ por
quemar unos escobones secos de nada!), vigilancia total y constante y apagar
para controlar los montoncitos pertinentes, pero todo ello con las siguientes
medidas a tener en cuenta: reducir el material apilado (y sigue, pero les
ahorro, por simpleza e infantilismo); también, que hayan como mínimo en la
operación de la susodicha quema , dos personas, pero que estén en buenas
condiciones físicas (no vale sea el suegro o algún vejete entrado en años), y
por supuesto, antes hay que pasarse por la ferretería para aprovisionarse del
material pertinente: sachos, rastrillos, palas -nótese que todo va en plural- y,
mangueras suficientes, por si se quemara, que sustituya y se pueda llegar con
ella hasta el estanque más cercano (que puede estar a kilómetros equis de
distancia, ¡pues es lo que hay, y si no, multas al canto, porque te están
vigilando y van a caer como moscas sobre la pobre y miserable víctima atrapada y
cogida con las manos en la masa o fuego). Y viene ahora las recomendaciones
especiales, y ello teniendo en cuanta el artículo 9º del decreto -ya citado-
146/2001 en el que se ordena: preparar el lugar del queme con un cortafuego, de
al menos TRES (3) metros, rodeando la zona donde presuntamente se va a quemar;
no iniciar la quema antes de la salida del sol, y acabarla antes de dos horas de
irse el sol, que la quema se haga ante la mirada atenta de un policía (antes se llamaban a esa “policía” agente), del miedo ambiente (les ahorro
texto), y aunque se haya acabado el queme, no se abandone el lugar mientras
hayan cenizas calientes (es decir, pasar la noche junto al lugar de la
pretendida y fallida quema [que les comentaré más adelante]), y pudieran
aparecer según criterios del agente policial o del organismo, que puede
incorporar cuanta lindeza u ocurrencia tenga al respecto, teniendo por subnormal
o tonto, al que ha pedido permiso, y cual si fuera un potencial pirómano que
pretenda arda la isla toda, pues, ¡no te digo! Otro número más: el que trata de
la presente resolución, que tiene duración o extensión en el tiempo para cinco años (¡ignorantes, para
esa fecha la leña ha desaparecido por sí sola al pudrirse, por la erosión, el
sol, la lluvia, etc., que acaban con ella!), y si cambiara algo, será necesario
nuevo permiso invalidando el presente, y por supuesto durante la época de
posibles incendios -más de medio año- no se podrá poner en práctica nada de lo
dicho, con lo que se sobreentiende se suspende la autorización (lo del tiempo de
máxima alerta lo define el miedo ambiente, y no el ignorante hombre del campo,
aunque nació, se crió y de niño y joven quemó cuanto quiso, sin que incendio
alguno se produjera en el tiempo y a la redonda por ningún agricultor, pues
viven de la tierra y no la iban a quemar tontamente (como se le trata y
entiende). Y de esto autorizado, el interesado debe dar noticias del hecho al
CECOPÍN (les juro: no tengo ni idea y no sé qué es eso del cecopín), y
también al jefe de la comarca (¿y ese quién es?), y al ajunta y miento, con
condiciones que les ahorro también). Y ya por último, se le advierte al
interesado (¡pobre diablo del campo, que ha tenido tal ocurrencia de pedir
permiso para hacer lo que siempre se hizo sin más!), será el responsable de
cuantos daños ocasione su pretendida quema, y ello según vea la policía del
miedo, y tenga siempre en el bolsillo la autorización de la que tomará
referencia el policía citado para la multa pertinente al saltarse alguna coma de
cuanta ley y normativa queda más arriba (y conste no la puse toda, por reducir o
abreviar). Y, ahora, lo mejor de todo: no es segura esta autorización, toda vez
el cabildo se reserva la potestad de negarlo en cuanto se le antoje en función
de lo que quiera. Y para terminar lo que viene en sobre por correo certificado,
se añade el tema del recurso, que como no viene a cuanto, me lo salto, y ello,
porque ante tanto embrollo, y teniendo el miedo en el cuerpo al miedo ambiente
que amenaza sigilosa y astutamente, mi buen campesino ha optado no iniciar por
ahora, y nunca dicha quema. ¡Que se la coma el diablo!, y aunque le estorbe y
moleste, se aguanta y decide: ¡ni tocarla! Y si ardiera, sería cosa de algún
rayo que la prendiera, pero no él, que me ha dicho: “¡las manos se
me partan si lo hago! ¡Ya desaparecerá con el
tiempo!”
El Padre Báez.
NOTA.- Les pido
disculpas por lo extenso, pero no hay forma de abreviarlo o resumirlo (o no he
sido capaz, que dicho sea de paso, he resumido una barbaridad, y hasta he
quitado un montón de cosas).
----------------------------------------
15. Espero que esta Carta
encíclica, que se agrega al Magisterio social de la Iglesia, nos ayude a
reconocer la grandeza, la urgencia y
la hermosura del desafío que se nos
presenta. En primer lugar, haré un breve recorrido por distintos aspectos de
la actual crisis ecológica, con el
fin de asumir los mejores frutos de la investigación científica actualmente
disponible, dejarnos interpelar por ella en profundidad y dar una base concreta
al itinerario ético y espiritual como se indica a continuación. A partir de esa
mirada, retomaré algunas razones que se desprenden de la tradición
judío-cristiana, a fin de procurar una mayor coherencia en nuestro compromiso con el ambiente.
Luego intentaré llegar a las raíces de la actual situación, de manera que no
miremos sólo los síntomas sino también las causas más profundas. Así podremos
proponer una ecología que, entre sus distintas dimensiones, incorpore el lugar peculiar del ser humano
en este mundo y sus relaciones con la realidad que lo rodea. A la luz de esa
reflexión quisiera avanzar en algunas líneas amplias de diálogo y de acción que
involucren tanto a cada uno de nosotros como a la política internacional.
Finalmente, puesto que estoy convencido de que todo cambio necesita motivaciones
y un camino educativo, propondré algunas líneas de maduración humana inspiradas
en el tesoro de la experiencia espiritual cristiana.
16. Si bien cada
capítulo posee su temática propia y una metodología específica, a su vez retoma
desde una nueva óptica cuestiones importantes abordadas en los capítulos
anteriores. Esto ocurre especialmente con algunos ejes que atraviesan toda la
encíclica. Por ejemplo: la íntima
relación entre los pobres y la fragilidad del planeta, la convicción de que
en el mundo todo está conectado, la crítica al nuevo paradigma y a las formas de
poder que derivan de la tecnología, la invitación a buscar otros modos de entender
la economía y el progreso, el valor propio de cada criatura, el sentido humano
de la ecología, la necesidad de debates sinceros y honestos, la grave
responsabilidad de la política
internacional y local, la cultura del descarte y la propuesta de un nuevo estilo de vida. Estos temas no
se cierran ni abandonan, sino que son constantemente replanteados y
enriquecidos. (de la encíclica de Francisco: Laudato
si).
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